Maite Eguren

Preguntas Frecuentes

Para comprar un automóvil en Uruguay será necesario que el vendedor provea al comprador de copia de los títulos de propiedad, libreta del automóvil, constancia del Seguro SOA. Además, el comprador deberá obtener los certificados registrales sobre el automóvil y sobre las personas (dueño actual y anteriores) y obtener el certificado de SUCIVE. El costo de la compraventa depende del costo del vehículo que se va a comprar.

Para comprar una casa o inmueble en general en Uruguay se requiere que el dueño actual entregue al comprador una copia de los títulos. El comprador deberá obtener una serie de certificados para cerciorarse que no existan adeudos en el inmueble tales como: certificado de saneamiento, certificado de OSE, certificado de gravámenes, certificados registrales, certificado de impuesto a primaria entre otros.

Desde el 2022 es necesaria la realización de la caracterización urbana del inmueble lo que es de costo del vendedor y se realiza con un arquitecto ante Catastro.

El costo de una compraventa por arancel notarial es del 3% del monto de la venta. Por la venta corresponde pagar el Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales (ITP) y el IRPF en caso que el vendedor sea una persona física.

Cuando se trata de comprar un inmueble para invertir es importante la ubicación del mismo, del mismo modo es conveniente tener en cuenta el tamaño dado que a mayor cantidad de metros cuadrados menor renta por metro cuadrado. La ley de vivienda promovida permite comprar inmuebles para vivienda en distintas zonas del país estando exonerado del Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales, así como en el pago del IRPF a la renta por el plazo de 10 años.

La sucesión por causa de fallecimiento en Uruguay se realiza de manera judicial. Los escribanos nos encontramos facultados para realizar este tipo de trámites y podemos dar asesoramiento no sólo en cuanto al mismo sino también en cuanto a la posterior partición de los bienes (reparto de bienes entre los herederos).

La demora del trámite judicial varía, pero se estima un promedio de un año o menos. Desde la fecha de fallecimiento los herederos quedan facultados para abonar el Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales para lo que tienen plazo de un año antes de que les corran las multas y recargos.

Los poderes se realizan cuando una persona necesita que otra persona la represente en un acto que no puede hacer, como la compraventa de un inmueble, un juicio determinado, cobro de diversos montos y en general todo acto jurídico. Es conveniente al vivir en un país distinto de Uruguay dejar una persona de confianza apoderada a fin de que pueda resolver imprevistos que surjan en el país sin necesidad de que el titular deba viajar. Los poderes pueden ser generales para todo acto o especiales para que se represente a la persona en algún acto en especial.

Las SAS son una nueva forma social creada por la ley uruguaya que cuenta u con una serie de beneficios respecto de la Sociedad Anónima común, su trámite es más rápido y menos costoso y puede estar integrada por un único socio. Para realizarla se deberá primero que nada reservar el nombre de la Sociedad que se quiere crear en el Registro de Comercio, luego se hará la redacción del estatuto social el que se inscribe en el mismo Registro, será necesaria la realización de las comunicaciones legales al Banco Central del Uruguay y la rúbrica de los cinco libros legales de comercio. Desde la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio se podrá realizar los trámites para comenzar a facturar con la misma.

La compra de un inmueble en remate tiene muchos beneficios en cuanto al precio que se paga por el mismo que por lo general es más bajo que el precio de mercado, el trámite para la compra se realiza con el juzgado que remata el inmueble y es diferente a una compraventa común. Debe nombrarse un escribano para que concurra a ver los títulos en el juzgado, luego de rematado el bien se realiza el depósito del precio en una cuenta del juzgado,  corresponde que se designe formalmente escribano para realizar la escritura de compraventa, se realiza un borrador de la escritura entre el juzgado y el escribano, el comprador debe abonar los impuestos correspondientes tanto a su parte y a la del vendedor (el monto del vendedor luego le es devuelto) y se firma la compraventa en la que el Juez firma por el vendedor. Posteriormente si el inmueble se encontrare ocupado se realizará un juicio de entrega de la cosa.

Nuestro derecho prevé el mecanismo de la hipoteca para garantizar deudas, es posible realizar un contrato de préstamo en que un acreedor presta dinero al deudor quien garantiza el pago con un inmueble mediante la realización de una hipoteca, solo en caso que el deudor no pague el acreedor podrá rematar el inmueble y cobrarse con el dinero producido de ese remate.

En el usufructo la propiedad se divide en dos partes: el nudo propietario y el usufructuario. El usufructuario es quien puede usar y gozar de la cosa y el nudo propietario sería el dueño. Este contrato puede realizarse de forma vitalicia (hasta el fallecimiento del usufructuario) o por un plazo vencido el cual la propiedad vuelve al nudo propietario. Se trata de un contrato muy versátil que permite la adquisición de inmuebles con muchos beneficios. Los impuestos a la propiedad son siempre de cargo del nudo propietario salvo que se pacte algo diferente.

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